Ley de plásticos: Empresas podrán ser multadas con hasta S/ 546,000 por incumplir con la norma

El Ministerio del Ambiente (Minam) publicó este viernes el reglamento de la Ley de plásticos (Ley Nº 30884), que regula aquellos de un solo uso y los recipientes o envases descartables, estableciendo fuertes multas que van hasta las 130 UIT o S/ 546,000.

En el decreto supremo N° 006-2019-MINAM, publicado en el diario oficial El Peruano, se establecen sanciones económicas en casos de infracciones que van desde leves a muy graves.

En ese sentido, se considera una infracción leve, por ejemplo, ser importador de bolsas de plástico y no brindar información veraz en el registro contemplado en la ley, lo que será sancionado con una multa de hasta 8 UIT (S/ 33,600).

Asimismo, una infracción grave, como entregar gratuitamente bolsas de plástico o cobrar por ellas por debajo del precio del mercado, tendrá una sanción de hasta 90 UIT (S/ 378,000).

Entre las sanciones muy graves se encuentran comercializar bolsas o sorbetes de plástico para bebidas y alimentos de consumo humano en las playas del litoral y los ríos, lagos y lagunas amazónicos, por lo cual se tendría que pagar una multa de hasta 130 UIT (S/ 546,000).

Cabe mencionar que el monto de las multas varía según si quien recae en la infracción es una micro, pequeña, mediana y gran empresa.

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